Recientemente la Agencia Española de Protección de datos ha considerado que la comunicación de datos realizada por Whatsapp a Facebook, no cumple con la normativa de Protección de Datos, ni con la española ni con la europea.
La sanción es de 300.000€ para cada uno, por un lado Whatsapp como cedente de los datos, al no contar con el consentimiento libre, específico e informado, para la cesión de los datos a Facebook, y por otro lado sanciona a la red social por tratar los datos cedidos para fines propios sin el consentimiento de los titulares.
La cuestión se remonta a la adquisición de Whatsapp por parte de Facebook en 2014, en agosto de 2016 Whatsapp modificó sus términos de uso y política de privacidad para poder compartir la información con Facebook.
Estas nuevas condiciones se impusieron como obligatorias para poder continuar con el uso de Whatasapp. Además, se debe tener en cuenta que el uso que haría Facebook de los datos no tiene relación con las finalidades determinadas de la recogida de los datos original de Whatsapp y se realizó sin ofrecer a los usuarios una información adecuada y sin la opción de mostrar su negativa a dichas condiciones