Exención de tasas para los afectados por la DANA

El Real Decreto Ley 7/2024, de 11 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes para el impulso del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, establece en su artículo 22 la exención de tasas en la solicitud de cualquier modalidad de registro (marcas, patentes y modelos de utilidad así como diseños industriales) para los titulares domiciliados en los municipios afectados por la DANA. Esta medida se aplicará hasta el 30 de junio de 2025.

 

 

No obstante, y en aplicación del apartado 2 de dicho artículo, habrá que esperar a que la Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas publique la resolución sobre el alcance de dicha medida -si sólo solicitudes nuevas o si también a tasas de renovación- así como el procedimiento para hacer efectiva la misma -si hay que realizar el pago de forma previa y solicitar la devolución posteriormente, o si se implementará alguna fórmula que evite el previo pago.

 

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