El Ministerio de Sanidad ha elevado a audiencia e información pública el Anteproyecto de Ley de prevención del consumo de alcohol y de sus efectos en las personas menores de edad, que viene a incorporar nuevas restricciones en la publicidad de bebidas alcohólicas.
Así, esta nueva regulación prohíbe cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad de bebidas alcohólicas o productos que simulen ser una bebida alcohólica incluyendo el nombre comercial, la denominación social, símbolos o marcas comerciales de las personas o empresas productoras de dichas bebidas, dirigida a personas menores de edad.
Además, en la publicidad o comunicaciones comerciales no se podrá usar la imagen o la voz de:
- personas con menos de 21 años;
- personas mayores de edad cuando se presenten caracterizadas o disfrazadas de personas menores de edad;
- personas o personajes, reales o de ficción, cuya relevancia pública o su popularidad estén vinculadas con la población menor de edad,
- mujeres en estado de gestación, aunque hayan prestado su consentimiento,
Respecto al lenguaje, no se podrán utilizar argumentos, estilos, tipografía o diseños asociados a la cultura de las personas menores de edad, o vincular las bebidas alcohólicas con la mejora del rendimiento físico, el éxito social o sexual. Tampoco se podrán utilizar términos equívocos o ambiguos, que puedan confundir fácilmente a las personas menores de edad.
Además de la prohibición en los lugares donde no se puede consumir alcohol, tampoco se podrá emplazar publicidad en la vía pública, o en lugares visibles desde la misma. No obstante, sí se permitiría la publicidad, limitada al nombre comercial, denominación social y marcas o símbolos identificativos de las empresas productoras, en un perímetro que diste de 200 metros lineales de los accesos a zonas frecuentadas por personas menores de edad tales como centros de educación en educación primaria, secundaria obligatoria, formación profesional, de enseñanzas especiales y bachillerato, centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil.
También se regula la venta de alcohol para proteger a los menores de edad y se establecen limitaciones a la exposición de bebidas alcohólicas.
Tras la finalización del trámite de audiencia pública, el texto debe recabar los informes del resto de ministerios, así como de otras instituciones y organismos en la Administración con competencias en los ámbitos que se regulan en el anteproyecto de ley, para su aprobación como proyecto de ley e iniciar su tramitación parlamentaria.
Rubén Canales
Abogado