EE.UU. niega derechos de autor a una obra creada por IA (otra vez)

Se deniega la solicitud de registro de una obra creada por IA en EE.UU. reiterando el requisito de autoría humana para acceder a la protección por derechos de autor.

El pasado 18 de marzo de 2025, el Tribunal de Apelaciones de EE.UU. para el Circuito del Distrito de Columbia confirmó la denegación de la solicitud de registro depositada en la Oficina de Derechos de Autor, del trabajo artístico «A Recent Entrance to Paradise». El solicitante, Dr. Stephen Thaler, indicó al tiempo de presentar su solicitud que la obra se había generado en su totalidad con la herramienta de IA Creativity Machine, identificando como autor a Creativity Machine y a él como titular de los derechos, de acuerdo con la doctrina de las obras por encargo. Sin embargo, la Oficina determinó que, en tanto el trabajo no había sido creado por un ser humano, no era susceptible de ser considerado como obra a la luz de la normativa sobre derechos de autor.

Si bien es cierto que, a diferencia de lo que ocurre con la normativa española, el Copyright Act de 1976 no define expresamente al “autor” como una persona natural o ser humano, sí existen diversas disposiciones de la norma cuyo contenido permite interpretarlo como tal (entre otras, la vinculación de la duración de los derechos a la vida [humana] del autor, la transmisión mortis causa a familiares, o la necesidad de firma para realizar una cesión).

No obstante, precisa el Tribunal que el requisito de autoría humana no impide la protección de obras realizadas con IA. Este requisito lo único que exige es que el autor de la obra sea un ser humano, pero ello no precluye la posibilidad de que éste se sirva de la asistencia de una IA para crear su obra. Ahora bien, resulta fundamental analizar de qué forma se utilizó la IA por parte del autor de cara a determinar si una obra es susceptible de ser protegida por derechos de autor, siendo esencial que exista una suficiente contribución humana.

Así, es posible encontrar supuestos recientes donde la Oficina estadounidense ha concedido el registro de obras para cuya creación se utilizó IA. Por ejemplo, el pasado 30 de enero de 2025 se concedió el registro para la obra visual «A Single Piece of American Cheese», creada con Invoke AI y la técnica del “inpainting” (técnica que se sirve de la IA para la restauración y edición digital de imágenes), que constituye un importante precedente en lo que a protección de obras creadas con IA se refiere.

En los casos de trabajos artísticos donde el ser humano se sirve de herramientas de IA, resulta determinante probar que en la selección, coordinación y disposición de los materiales generados por IA se llevó a cabo un esfuerzo creativo humano por parte del autor que se encuentra presente en el trabajo final. En el caso de «A Single Piece of American Cheese», la Oficina consideró que la toma de decisiones emulaba a la que se realizaría para realizar un collage, donde elementos individuales se juntan y estructuran en un todo nuevo y cohesionado.

La Oficina norteamericana también ha precisado que el mero hecho de proporcionar indicaciones de texto a una herramienta de IA (“prompts”) no es suficiente para considerar que se ha producido una intervención creativa humana (resoluciones de 5 de septiembre de 2023, «Théâtre D’opéra Spatial», y de 21 de febrero de 2023, «Zarya of the Dawn»).

Así las cosas, las conclusiones extraídas por el Tribunal y la Oficina estadounidenses son fácilmente extrapolables a nuestro ordenamiento jurídico. Por un lado, respecto al requisito de que la autoría corresponda a un ser humano, la cuestión es cuanto menos pacífica atendiendo al Art.5 de nuestra Ley de Propiedad Intelectual y a la inclinación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por un criterio de originalidad subjetiva. Y, por otro lado, respecto a los materiales creados con asistencia de IA, existe cierto consenso en la necesidad de que la aportación humana en el proceso creativo sea significante, tal y como se desprende de la opinión ofrecida por los Estados Miembros de la UE en el Cuestionario de política sobre la relación entre la inteligencia artificial generativa y los derechos de autor y derechos conexos, publicado por el Consejo de la Unión Europea el 20 de diciembre de 2024.

Jorge Díaz

Abogado