Servicios de Diseños
Registro de Diseños Industriales
El registro de un diseño otorga a su titular el derecho a la explotación en exclusiva del mismo durante un plazo máximo de 25 años y se otorga sobre las creaciones de forma (en general, las estéticas) bidimensionales o tridimensionales. Este derecho permite al titular impedir su reproducción o la imitación no autorizada por parte de terceros.
De esta forma se diferencia de la patente en que no se le exige una ventaja técnica.
Requisitos para poder registrar un diseño industrial
Uno de los requisitos principales del diseño es que este tenga novedad. La novedad implica que no se haya divulgado (puesto a disposición del público pertinente) con anterioridad al registro. Sin embargo, no siempre toda divulgación invalidaría el diseño. La ley contempla las llamadas divulgaciones inocuas que son las que se realizan dentro del periodo de los 12 meses anteriores a su solicitud de tal forma que permiten poner en el comercio el producto y registrarlo posteriormente. Este carácter tan especial permite a los titulares de los diseños, confirmar si el producto es merecedor de protección como diseño o no, en definitiva, testarlo.
Otra de los requisitos que debe cumplir un diseño es que posea carácter singular. Se considerará que un diseño posee carácter singular cuando la impresión general que produzca en el usuario informado difiera de la impresión general producida en dicho usuario por cualquier otro diseño que haya sido hecho accesible al público antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro o, si se reivindica prioridad, antes de la fecha de prioridad. Para determinar si el diseño posee carácter singular se tendrá en cuenta el grado de libertad del autor para desarrollar el diseño.
De esta forma, la validez de un diseño industrial registrado tiene dos aspectos: uno objetivo (la novedad) y otro subjetivo (el carácter singular). Si bien con sus particularidades, ambos requisitos son exigibles tanto para diseños nacionales como para diseños comunitarios (modelos y dibujos de la Unión Europea).
Registro de diseños industriales según ámbito geográfico
¿Cómo registrar un diseño industrial? ¿Qué opciones tenemos a nivel geográfico? Existen cuatro principales vías, dependiendo de las propias necesidades, para proteger un diseño industrial en función del territorio donde queramos que surta efecto. Al igual que el registro de una marca o que el registro de una patente, el diseño tendrá validez sólo donde se registre. Estas vías son: Diseños nacionales en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM); Modelos o Dibujos de la Unión Europea (diseños comunitarios); Dibujos o Modelos Industriales Internacionales o Diseños extranjeros (directos en cada país de interés).
Proteger un diseño nacional
Esta es la primera opción, en España, que cuenta con sus limitaciones. En el caso de optar por esta alternativa, el registro solamente será efectivo en territorio español. Protección para un plazo de 25 años, teniendo que renovarse cada 5 años.
Proteger diseño comunitario
Otra vía es la de registrar un diseño industrial en la Unión Europea. Aquí, es a efecto único. Si se obtiene el registro del diseño, será válido para todo el territorio euro comunitario. Sin embargo, si se deniega, nuestro diseño industrial no podrá ser registrado, ni siquiera en España. El tiempo que estará registrado si se concede es el mismo que en la vía nacional: 25 años y renovación cada 5 años.
Proteger diseño internacional
El registro internacional de diseños es regulado por el Arreglo de la Haya, permite unificar y simplificar los procesos, de forma que si obtenemos la protección para los diseños industriales dispondremos de los mismos derechos y obligaciones de cada país como si se tratase de un diseño nacional en cada uno de ellos.
Protección legal y registro de diseños: tasas y más información
En Abril Abogados damos una enorme importancia a la protección de los diseños como elemento diferenciador de una empresa frente a su competencia. Desde hace ya más de 20 años tramitamos solicitudes de diseño en cualquier ámbito geográfico que requieran nuestros clientes. Los costes del registro dependerán no solo del ámbito de protección geográfica sino también de las variantes que se deseen solicitar.