En mayo de 2016 la compañía búlgara Raphael Europe Ltd. presentó su solicitud de marca de la UE “ROZALIYA jewelry for enlightenment” para proteger productos de las clases 14 y 18. Siguiendo su tramitación habitual sin incidencias, esta marca se concedió en el mes de septiembre de ese mismo año.
Posteriormente, en Octubre de 2021, la cantante Rosalía presentó una solicitud de caducidad por falta de uso de la citada marca ante la EUIPO. Una vez tramitado el procedimiento correspondiente, la oficina dicto su resolución estimando parcialmente la caducidad de la marca para todos los productos excepto para:
Clase 14: Joyería; Joyería personal; Joyería para adorno personal; Joyería (adornos para-); Artículos decorativos [baratijas o joyería] para uso personal; Collares [artículos de joyería]; Insumos de joyería.
Clase 18: Bolsas, en concreto bolsos, monederos, bolsas de embrague; Bolsos de noche; Monederos que no sean de metales preciosos; Bolsos de embrague; Monederos que no sean de metales preciosos; Bolsos de mano; Bolsos de mano.
Contra esa resolución, Rosalía interpuso Recurso ante la sala de Recursos de la propia EUIPO; como quiera que este recurso fue desestimado, la cantante presentó recurso ante el Tribunal General con sede en Luxemburgo.
El principal asunto a dirimir consiste en analizar si las pruebas que presentó la empresa búlgara ante la EUIPO constituyen evidencia de uso para los productos de la clase 14 para los que la marca se mantenía en vigor. Así la titular de la marca impugnada había presentado una serie de facturas de venta de estos productos y capturas de pantalla de Facebook, YouTube y Twitter para probar el uso de la misma.
En la sentencia del Tribunal General que desestima el recurso presentado por Rosalía se confirma la validez de las pruebas presentadas por la empresa búlgara y la correcta actuación de la EUIPO en el examen de las mismas.
Ahora a Rosalía solo le queda recurrir esta decisión ante el Tribunal de Justicia también en Luxemburgo.
Noelia Gutiérrez
Abogada